Juicios de alimentos - relación directa y regular -
Divorcio de mutuo acuerdo.
Sepúlveda & CIA. Abogados, comprometidos con nuestros ciudadanos, ofrece asesoría legal especializada en materia de alimentos y régimen de relación directa y regular a honorarios diferenciados, el honorario comprende la suma de $300.000, con pie y cuotas pactables; en cuanto al divorcio de mutuo acuerdo el honorario comprende la suma de $400.000 (incluyen dos abogados) promoción que se encontrará vigente hasta el día 2 de Marzo del año 2026.

Alimentos Menores y Mayores - Relación Directa y Regular - Divorcio de Mutuo Acuerdo
Si usted desea iniciar una demanda de Solicitud de Alimentos, rebaja o aumento de ellos, para acceder a esta promoción usted debe contar con los siguientes documentos:
1. Sentencia que dictamina alimentos (en caso que solicite rebaja o aumento)
2. Certificado de Mediación Frustrada que no tenga una antigüedad superior a 6 meses.
3. Que el demandado viva en las comunas cuya jurisdicción comprenda al Juzgado de Familia de San Antonio siendo aquellas comunas: San Antonio, Cartagena, El Tabo y Santo Domingo. (Art.4 letra E - ley 19.968).
4. O que el demandado viva en la comunas cuya jurisdicción comprenda a los Juzgados de Familia de Valparaíso y/o Casablanca siendo aquellas las comunas de: Valparaíso, Juan Fernández, Casablanca, El Quisco, Algarrobo y Curacaví (Art. 4 Letra E - Ley Nº 19.968).
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Si usted no tiene el cuidado personal de sus hijos y desea solicitar, regularizar o modificar el régimen de relación directa y regular, para acceder a esta promoción usted debe contar con los siguientes documentos:
1. Sentencia que determina el régimen de relación directa y regular.
2. Certificado de Mediación Frustrada que no tenga una antigüedad superior a 6 meses.
3. Que la demandada viva en las comunas cuya jurisdicción comprenda al Juzgado de Familia de San Antonio siendo aquellas comunas: San Antonio, Cartagena, El Tabo y Santo Domingo (Art.4 letra E - Ley Nº 19.968).
4. O que la demandada viva en la comunas cuya jurisdicción comprenda a los Juzgados de Familia de Valparaíso y/o Casablanca siendo aquellas las comunas de: Valparaíso, Juan Fernández, Casablanca, El Quisco, Algarrobo y Curacaví (Art. 4 Letra E - Ley Nº 19.968)
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DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
Si los interesados desean iniciar un procedimiento de divorcio de común acuerdo, deberán acompañar, al momento de su presentación, los documentos que pasan a enumerarse:
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Certificado de matrimonio, debidamente actualizado.
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Certificados de nacimiento de los hijos habidos dentro del matrimonio.
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Acuerdo completo y suficiente, otorgado ante notario público, que regule todas las materias pertinentes como relación directa y regular, compensación económica y alimentos.
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Declaración de, a lo menos, tres testigos, idóneos y mayores de edad, que den fe de los hechos pertinentes al procedimiento.
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Certificado de residencia emitido por la junta de vecinos competente, que acredite el distinto domicilio de los solicitantes. Como ejemplos complementarios de acreditación de domicilio, podrán presentarse boletas de servicios básicos tales como luz, agua o internet.
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Carpeta electrónica de la gestión de notificación de cese de convivencia (únicamente valido para matrimonios realizados con posterioridad al año 2004)
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En caso de compensación económica en donde se cedan derechos, propiedades o bienes muebles como vehículos, se necesitará el certificado de dominio vigente de la propiedad, certificado de prohibición de hipotecas, gravámenes, libre de litigios, certificado de registro de vehículos motorizados entre otros.
Asimismo, se hace presente que los solicitantes contarán con la asesoría y representación jurídica de dos abogados, cada uno en defensa de los intereses respectivos, según lo dispone la normativa aplicable.
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CONDICIONES DE CONTRATACIÓN:
1- Previa entrevista con el abogado especialista mediante videollamada habiéndose acordado la contratación de los servicios, los documentos solicitados precedentemente deberán ser enviados al whatsapp +56985774354, indicando su nombre, cantidad de alimentarios o hijos habidos en común y la comuna del demandado.
2- La suma de $300.000 puede ser pagada bajo distintas modalidades previo acuerdo con el estudio jurídico, siendo la más aceptada por nuestros usuarios el pago del pie inicial de $100.000 y dos cuotas del mismo monto pagaderas dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes, el comprobante de transferencia o depósito debe ser enviado a la brevedad posible ya que será adjuntado en el expediente.
La suma de $400.000 puede ser pagada bajo distintas modalidades previo acuerdo con el estudio jurídico, siendo la más aceptada por nuestros usuarios el pago del pie inicial de $200.000 y cuotas mensuales de $100.000 pagaderos dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.
3- El proceso de redacción de la demanda tendrá una duración máxima de 24 horas hábiles contados desde el pago del pie por lo que se solicita que se envíe a la brevedad posible comprobante de transferencia o depósito para efectos de inicio de gestión.
4- Es exclusiva responsabilidad del cliente proporcionar al abogado especialista todos los antecedentes para la expedita y eficaz gestión de la causa encomendada.
5- El honorario NO COMPRENDE gastos de traslado, gastos notariales y segunda instancia (recursos procesales) ni recursos en última instancia.
